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Expolio y exportación ilícita de piezas arqueológicas.
Un increíble caso español


Cascos vendidos en Christie's

QUITERIA MÉNDEZ FERNÁNDEZ | Conforme avanza la arqueología somos más capaces de interpretar hallazgos nuevos o antiguos y comprender nuestra historia. Nadie es nada sin su pasado, incluso el más remoto.

En este artículo pretendo contar un caso español jamás visto, aclarar algunos puntos sobre lo que es legal o no en un arqueólogo aficionado o un "buscador de tesoros", responder a algunas dudas que me han planteado varios lectores como qué hacer si te encuentras un objeto antiguo, y dar a conocer el daño que puede ocasionar a un país el expolio o robo de su propia cultura. Vamos.

El caso que vamos a comentar se descubrió en 2013 después de un año de investigación por parte de la Brigada de Investigación de Patrimonio Histórico de la Policía Nacional. Este grupo, normalmente se encuentra en Madrid y se dedica a detectar e investigar robos, falsificaciones, entradas o salidas ilegales de objetos artísticos o arqueológicos… Este grupo se fundó en 1977 y lleva casi 40 años recuperando obras y deteniendo falsificadores. Son unos veinte especialistas que además de policías tienen la formación necesaria en arte, arqueología y otras ramas. Suelen colaborar con peritos calígrafos, expertos en antigüedades, marchantes… Su trabajo en los últimos veinticinco años sobre todo ha dado muchos frutos y ha sido excelente, pero lógicamente, deben fallar en algún caso. La extremada cautela del expoliador no los hizo ni sospechar remotamente lo que se estuvo cometiendo durante veinte años.

Vamos un momento a 2013, a Aranda de Moncayo, en Zaragoza. Allí vivía Ricardo Granada, un jubilado de 60 años cuyo oficio había sido la búsqueda y manufactura de trufas. Hasta aquí todo normal. Solo hay un problema y es que Ricardo, ya jubilado en 2013 llevaba 20 años, repito, 20 años, buscando yacimientos cercanos a su pueblo con un simple detector de metales y mucha, mucha paciencia y cautela. Con ese simple detector de metales y unos pocos conocimientos sobre culturas antiguas, desvalijó el 90% de la ciudad celtibérica de Arátikos, pero también en Tiermes y en los alrededores de Numancia, estos dos últimos pertenecientes a Soria. Nadie en todo ese tiempo sospechó nada de Ricardo. Fue a raíz de unos cascos celtíberos de bronce de valor excepcional, concretamente 18, hechos en España entre los siglos IV y II a.C. por lo que saltaron las alarmas. La Brigada comenzó a investigar ya que la intención de Ricardo era sacarlas ilegalmente de España para venderlas a su mayor comprador, el famoso industrial y coleccionista alemán Axel Guttmann. Ya en 2008 el museo alemán Römisch-Germanisches-Zentralmuseum, en la ciudad de Maguncia (Alemania) había avisado a la policía española por una subasta extremadamente sospechosa, por la calidad y cantidad de las piezas. Aun así, tan sibilino era Ricardo que logró sacarlas y venderlas en una subasta amañada donde Axel se hizo con todas las piezas.

Fue un año después cuando se empezó a actuar, pero no fue la Brigada de la Policía Nacional en este caso, sino otro cuerpo de seguridad que gracias a Dios tenemos: el Seprona y la Unidad de Patrimonio Histórico de la Guardia Civil. Llamaron a la operación "HELMET" (casco en inglés). Muy apropiado sin duda. Las sospechas eran de un expolio a nivel de un aficionado bien documentado durante unos dos años. La sorpresa final fue mayúscula. Las primeras pesquisas dieron como resultado el lugar aproximado del expolio y solo fue cuestión de tiempo dar con el autor, Ricardo, que aunque había dejado de ejercer este "oficio" por prudencia, ya era demasiado tarde. Cuando dieron con él, en tres domicilios familiares encontraron 4.000 piezas arqueológicas de excepcional valía, en muy buen estado de conservación y de diferentes épocas. Todo el material fue trasladado a Madrid para su estudio y custodia y el ya detenido confesó que el 90% de lo incautado pertenecía a la ciudad antes mencionada de Arátikos. El resto lo consiguió en diferentes yacimientos como en Tiermes (término de Montejo de Tiermes) y en los alrededores de Numancia entre otros.

El tesoro recuperado (mas lo vendido durante veinte años que no se ha podido recuperar) es el mayor conocido en la historia de España hasta ahora. La mayor parte de las piezas están relacionadas con el ajuar propio de un enterramiento de un guerrero: pectorales, espadas, corazas, puntas de flecha, fíbulas, exvotos y algunas cerámicas aparte de los dichos cascos (ninguno recuperado y todos fuera de España en este momento) y fragmentos de estos. Datados en diferentes épocas, nos movemos entre el siglo V a.C. y el I a.C. Las piezas estaban intactas en su mayoría. Preparadas para la venta y totalmente auténticas, nada de falsificaciones.


Ricardo Granada

En Alemania, donde fue a parar el 90% de las piezas vendidas durante tantos años, sobre todo y principalmente al citado Axel Guttmann, las leyes contra el patrimonio son más duras que aquí en España. Las obras compradas ilegalmente por Guttmann, (no solo a Ricardo) una enorme colección, le fue requisada y puesta a la venta. El Museo de Maguncia (Alemania) denunció piezas de procedencia española que fueron retenidas por la fiscalía de Múnich que solicitó al gobierno español que reclamase su legítima propiedad en tres meses. Y aquí viene quizá lo peor. En 2009, 2010 y 2012 se volvieron a subastar nuevos lotes sin que España reclamase las piezas. ¿Por qué? No me lo puedo explicar. El Museo de Múnich denunció dichas subastas quedándose con las piezas en custodia y el Gobierno Español no hizo nada. Así en 2013 se detuvo a Ricardo. Las piezas, aún continúan en custodia en Alemania, menos los 18 cascos antes mencionados que si han sido subastados ya que el Gobierno no respondió a la primera denuncia de 2008. Algunos están en Francia, en un museo, otros en manos de coleccionistas españoles y tres de ellos fueron vendidos en la casa de subastas Christie's por 90.000 euros, situándolas en su catálogo como griegas, sin más, cosa que nadie impidió.

Expertos de la Guardia Civil, el citado Museo Alemán y varios estudiosos españoles como Alberto Lorrio, catedrático de la Universidad de Alicante y Fernando Quesada, profesor de la Universidad Autónoma de Madrid han enviado mil informes, quejas y denuncias al Gobierno tanto español como aragonés, sin respuesta a día de hoy. Vuelvo a preguntar, ¿Por qué? Teniendo en cuenta tan solo el testimonio de Ricardo, creo que es una prueba fiable, además de lo que la Guardia Civil encontró en tres domicilios de su propiedad. Es inexplicable.

Por si aún quieren más, la alcaldesa de Moncayo de Aragón en 2013, María del Rosario Cabrera (223 habitantes) solicitó a principios de 2014 la declaración de Bien de Interés Cultural para el pueblo… Hay que destacar que todo el pueblo y los alrededores sabían de la afición de Ricardo Granada, quizá no sabían que las vendía ilegalmente o los contactos que manejaba, pero sí de sus saqueos. También me parece interesante que durante todo este tiempo, Ricardo vive y ha vivido con su pareja, la hija del cabo de la Guardia Civil del pueblo. Hoy está en libertad con cargos y la investigación sigue abierta.


Piezas recuperadas

Vamos a ver que dice la ley de Patrimonio Nacional sobre todo lo irregular de este caso.

En el primer Título Preliminar, subtitulado Disposiciones Generales, encontramos los artículos del 1 al 13. En este título se amplía el concepto de Patrimonio Cultural, encontrándonos con que lo conforman los objetos muebles, inmuebles, objetos de interés artístico, paleontológico, arqueológico, etnográfico, científico o técnico así como el patrimonio documental y bibliográfico, yacimientos y zonas arqueológicas, sitios naturales, jardines y parques con valor artístico, histórico o antropológico. También se nos explica que es la Administración del Estado la encargada de garantizar la conservación, el enriquecimiento del patrimonio histórico así como protegerlos frente a la exportación ilícita y el expolio, como se explica en los artículos 46,44 y 149 de la Constitución. En todo caso lo entendible de estos 13 artículos es que el Estado debe proteger, ampliar y conservar en la medida de lo posible todo lo concebido como Patrimonio Cultural, entre ello, los objetos arqueológicos. En el caso expuesto, esto no ha sido así. Primera ilegalidad.

En cuanto al tema de la exportación ilícita, la Administración del Estado independientemente de las competencias de las Comunidades autónomas, deberá avisar al departamento competente del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente. Si no se atiende a la petición, será la propia Administración del Estado quien tome medidas para recuperar el bien expoliado. Como aclaración, se considera exportación ilícita la exportación de los bienes declarados de interés cultural o aquellos que la Administración del Estado declare inexportables, asimismo como los bienes que tengan más de 100 años, que necesitan un permiso especial, y los inscritos en el Inventario General. Como en el caso anterior, no se ha cumplido. Segunda ilegalidad.

El titulo cinco, subtitulado Del Patrimonio Arqueológico, define este patrimonio. Son parte de este los bienes de carácter histórico susceptibles de ser estudiados con método arqueológico, sean o no extraídos, tanto si están en la superficie o en el subsuelo, en el mar o en la plataforma continental. También los elementos geológicos y paleontológicos. Asimismo, las cuevas, abrigos o lugares con pinturas rupestres. Como excavación arqueológica se considera las remociones en la superficie, subsuelo o los medios subacuáticos que tengan como fin descubrir e investigar toda clase de restos históricos o paleontológicos. También se consideran arqueológicos los objetos encontrados por casualidad. Las excavaciones deben ser aprobadas por la Administración competente basándose en un programa detallado y coherente y de interés científico. Al realizar prospecciones arqueológicas, los arqueólogos o ayudantes están obligados a entregar los objetos obtenidos, inventariados, catalogados y con una memoria, al museo o centro que la Administración competente determine. Los objetos obtenidos de una excavación son propiedad de todos los españoles. Los encontrados por azar tienen un plazo de 30 días para declararse. En ese caso, tanto el descubridor como el propietario del terreno tienen derecho a la mitad de lo encontrado. Aquí también vemos dos cosas. Ricardo Granada no pidió ningún tipo de permiso para excavar. Tercera ilegalidad. Y en caso de encontrar algo por azar, digamos unas 4.000 piezas, jamás las declaró. Cuarta ilegalidad.

Título nueve, subtitulado De las infracciones administrativas y sus sanciones. Este título habla sobre los delitos sobre el Patrimonio Histórico Español. Veamos algunas: En el artículo 75 se expone que la exportación de un bien mueble sin autorización de la Administración es un delito o infracción de contrabando, siendo responsables todas aquellas personas que hayan intervenido en su exportación por la causa que sea, aunque sea por omisión o negligencia. Nadie ha pagado en este caso por NADA. Otra infracción es: "la realización de obras en sitios históricos o zonas arqueológicas sin la autorización de la Administración; la realización de excavaciones arqueológicas y otras obras ilícitas sin los correspondientes permisos" . Quinta ilegalidad. Debo recalcar que la multa para este último delito es de 2 años de prisión y 25 millones de pesetas de multa.

El titulo cinco, subtitulado Del Patrimonio Arqueológico, define este patrimonio. Son parte de este los bienes de carácter histórico susceptibles de ser estudiados con método arqueológico, sean o no extraídos, tanto si están en la superficie o en el subsuelo, en el mar o en la plataforma continental. También los elementos geológicos y paleontológicos. Asimismo, las cuevas, abrigos o lugares con pinturas rupestres. Como excavación arqueológica se considera las remociones en la superficie, subsuelo o los medios subacuáticos que tengan como fin descubrir e investigar toda clase de restos históricos o paleontológicos. También se consideran arqueológicos los objetos encontrados por casualidad. Las excavaciones deben ser aprobadas por la Administración competente basándose en un programa detallado y coherente y de interés científico. Al realizar prospecciones arqueológicas, los arqueólogos o ayudantes están obligados a entregar los objetos obtenidos, inventariados, catalogados y con una memoria, al museo o centro que la Administración competente determine. Los objetos obtenidos de una excavación son propiedad de todos los españoles. Los encontrados por azar tienen un plazo de 30 días para declararse. En ese caso, tanto el descubridor como el propietario del terreno tienen derecho a la mitad de lo encontrado. Aquí también vemos dos cosas. Ricardo Granada no pidió ningún tipo de permiso para excavar. Tercera ilegalidad. Y en caso de encontrar algo por azar, digamos unas 4.000 piezas, jamás las declaró. Cuarta ilegalidad.

Título nueve, subtitulado De las infracciones administrativas y sus sanciones. Este título habla sobre los delitos sobre el Patrimonio Histórico Español. Veamos algunas: En el artículo 75 se expone que la exportación de un bien mueble sin autorización de la Administración es un delito o infracción de contrabando, siendo responsables todas aquellas personas que hayan intervenido en su exportación por la causa que sea, aunque sea por omisión o negligencia. Nadie ha pagado en este caso por NADA. Otra infracción es: "la realización de obras en sitios históricos o zonas arqueológicas sin la autorización de la Administración; la realización de excavaciones arqueológicas y otras obras ilícitas sin los correspondientes permisos" . Quinta ilegalidad. Debo recalcar que la multa para este último delito es de 2 años de prisión y 25 millones de pesetas de multa.

Puedo continuar, pero ya me he extendido demasiado. Quedan claras, en mi opinión varias cosas. Ricardo Granada pudo expoliar el solo todo lo que hizo, pero en ningún caso pudo el solo contactar con coleccionistas millonarios que ni hablan su idioma. En algún momento tuvo que haber un intermediario. Por otro lado, sacar obras de España, por desgracia es extremadamente fácil, lo que no es tan fácil es pasar otras fronteras como la francesa o la alemana, lo sé bien. Tuvo que tener instrucciones precisas o algún contacto. Otra cuestión. Ricardo recogía todo lo que encontraba pero vendía lo de más valor, y vamos a destacar los cascos, muy difíciles de encontrar (en España solo hay 3 y muy mal conservados) en perfectas condiciones y sin duda lo más valioso de todos los ajuares.

En cuanto a gente que me ha preguntado ¿qué hago si encuentro una moneda, una figura, una máscara…? Lo legal es dar parte a la guardia civil o a la policía nacional. En menos de un año está estipulado que te darán tu parte del valor del objeto, otra parte es para el propietario del terreno. Pero es ilegal quedárselo o traficar con él, venderlo en internet…


Yacimiento de Tiermes

Para terminar quiero contar una experiencia personal de hace años. En un debate en la Universidad se discutía, ¿es todo lo encontrado musealizable? La respuesta normal es que si, debe ir a un museo puesto que todo lo encontrado en suelo español es patrimonio de todos y cada uno de los españoles. Tienen derecho a verlo, estudiarlo y disfrutarlo. Aprender es un derecho. Sin embargo yo, que había trabajado como azafata en la Catedral de Murcia (guía), en el Museo Arqueológico de Murcia y el Museo de Bellas Artes de Murcia (después he trabajado en otros museos y me he encontrado con lo mismo) he visto lo que hay expuesto, y lo que hay en los sótanos. Si se llevan a un museo 25 platos de cerámica ibera, se van a exponer dos o tres. El resto va al sótano. Durante años, muchos años, y ningún estudioso tiene acceso a esas piezas. Luego, no sería mejor legalizar las colecciones particulares siempre que cumplan unos requisitos mínimos? Los coleccionistas son verdaderos apasionados. Cuidan las piezas como oro en polvo. Si pueden hacer por ejemplo un mes en el que su colección sea visitable, ¿no estarán mejor las piezas en una casa protegidas y en condiciones adecuadas que en un sótano? Con esto termino.

Esta última es una reflexión que evitaría mucho los expolios y la venta ilícita. Tal vez me equivoque, por supuesto, pero les invito a reflexionar sobre esto y sobre los miles de interrogantes del caso de Ricardo Granada. Tonto tonto, no es…

Las nueve musas (19-9-2018)


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