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El Ayuntamiento informa acerca de
la situación actual del censo de población

El recurso presentado por el Ayuntamiento de Calatayud ante el Tribunal Supremo, relativo a la discrepancia en el número de empadronados con el INE en 2015, ha sido desestimado. Ante las dudas generadas con motivo de esta resolución y las recientes noticias publicadas en prensa cuyos datos no se ajustan a la realidad, el Ayuntamiento da cuenta de la situación actual de este asunto.

La discrepancia con el Instituto Nacional de Estadística corresponde a los datos del año 2015, cuando el padrón del Ayuntamiento contaba con 2.500 habitantes más que los contabilizados por el INE. El Instituto Nacional de Estadística informó entonces de que el 1 de enero de 2015 tenía contabilizados 19.724 habitantes.

La reclamación por tanto, se centra en ese año, en el que aparecen reflejados un 5% menos de habitantes con respecto al año anterior (generalmente las variaciones entre un año y otro giran en torno al 1%). Los datos del Ayuntamiento indicaban que no había modificación con respecto al 2014. Por ello, el Consistorio realizó 2.500 alegaciones, al no ser admitidas ninguna de ellas, el Ayuntamiento decidió presentar un recurso ante el Tribunal Supremo.

El Ayuntamiento de Calatayud no comparte la sentencia definitiva ya que no se aceptó ni una de las alegaciones presentadas. Desde el Departamento de Participación Ciudadana e Inmigración se trabaja para informar a la población de origen extranjero de que deben renovar su empadronamiento (un número de personas que ronda las 500). Este trámite debe hacerse cada dos años para población comunitaria y no comunitaria. Sin embargo, el desconocimiento hace que muchas personas no realicen este procedimiento periódico de comprobación de residencia.

Finalmente, el dato relativo a Calatayud de 2016 por parte del INE ascendió a 20.127 habitantes, 403 más que el año anterior. El Ayuntamiento de Calatayud ya recibe de nuevo de tributos del Estado la cantidad correspondiente a ciudades con más de 20.000 habitantes.


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